Libre

0,00

Hay existencias

Categoría:

Descripción

 FEDERADO-LIBRE CON RESIDENCIA EN LAS ISLAS CANARIAS.

Federado-libre es la persona que tiene residencia en las Islas Canarias y que se federa en cualquier modalidad de licencia de montaña: nacional, autonómica o internacional, a través del Club o de otro Club para la práctica de actividades de montaña, y que decide no tener la condición de socio o afiliado del Club Deportivo Boulder Hall Canarias Climb.

El Club Deportivo BH Canarias Climb únicamente viene obligado a tramitar la licencia deportiva que previamente solicite y abone, el federado libre y a facilitarle el protocolo en caso de que haya sufrido accidente deportivo.

El federado-libre, podrá participar como invitado en dos actividades de senderismo de manera gratuita. A partir de la tercera actividad deberá pagar la cuota de socio o afiliado para seguir participando en las actividades del Club. El federado libre que haya hecho uso de su derecho a participar en dos actividades de senderismo no podrá en sucesivas anualidades volver a solicitarlo ya que por dos veces ha podido comprobar si le gustan las actividades del Club y sus participantes. Idéntico derecho a participar en dos actividades tendrán los federados libres que estén federados con otro Club Deportivo de montaña que no sean socios, afiliados o cualquier otra figura análoga de dichos Clubes.

Para el resto de actividades que no sean las de senderismo está excluida la participación de federados libres como invitados. Todo ello y salvo que, con carácter excepcional, la Junta Directiva contemple la posibilidad de su participación que se llevará a efecto conforme determine dicho órgano social.

FEDERADO-LIBRE NO RESIDENTE EN LAS ISLAS CANARIAS.

Es la persona que no tiene su residencia en las Islas Canarias, que se federa en cualquier modalidad nacional de montaña con nuestro Club Deportivo para la práctica de actividades de montaña, y que decide no participar como socio o afiliado, del Club Deportivo Boulder Hall Canarias Climb.

El Club Deportivo BH Canarias Climb únicamente viene obligado a tramitar la licencia deportiva que previamente solicite y abone, y a facilitarle el protocolo en caso de que haya sufrido accidente deportivo.

El Federado-libre NO RESIDENTE EN LAS ISLAS CANARIAS viene a obligado al pago de la cuota que cada año apruebe la Asamblea Ordinaria al abordar el presupuesto de gastos de cada año. Dicha cuota comprende un año natural que va desde el día uno de enero hasta el treinta y uno de diciembre de cada año. Si no se adoptara un acuerdo en este sentido, la cuota anual a pagar serán las acordadas en la última Asamblea. Dicho pago lo es por el concepto tramitación de su licencia y, en su caso,  emisión de certificado.

El Federado-libre NO RESIDENTE EN LAS ISLAS CANARIAS viene a obligado al pago de la cuota que apruebe la Asamblea anualmente por cada actividad de senderismo individualizada en la que previamente solicite participar. No obstante el federado-libre podrá participar en las dos primeras actividades  de senderismo de manera gratuita, siendo la tercera y siguientes de obligado pago. Dicho pago se hará mediante ingreso/transferencia en la cuenta bancaria del Club Deportivo.

Valoraciones

No hay valoraciones aún.

Sé el primero en valorar “Libre”